sábado, 24 de julio de 2010

CLASIFICACION ARANCELARIA







CLASIFICACION ARANCELARIA




Las mercancías deben identificarse al pasar por las aduanas, a fin de determinar su situación arancelaria, que arancel les corresponde pagar; establecer correctamente los impuestos aplicables y vigilar el cumplimiento de las regulaciones no arancelarias que se aplican en las aduanas.







Las mercancías que se integran al flujo del comercio internacional se clasifican con base en el sistema armonizado de designación y codificación de mercancías, el cual ha sido adoptado por la mayoría de los países, en el caso de Guatemala se denomina Sistema Arancelario Centroamericano –SAC-, dado a que Guatemala forma parte del Mercado Común Centroamericana y la región mantiene un arancel común ante terceros países.



La importancia de la clasificación arancelaria radica en que permite tener un mismo identificador común en el mundo, a manera de “nombre” común para todos, sin importar el idioma, asimismo permite que una misma mercancía se codifique en forma idéntica tanto en las tarifas de importación como de exportación en todos los países, para ello se utilizan los primeros seis dígitos de la clasificación.



El sistema de operación es a través de la codificación de las mercancías en seis dígitos, con base en una secuencia en su nomenclatura, pasando de lo general a lo particular, de lo más simple a lo más complejo y de lo menos a lo mas elaborado.




Este sistema basa su operación en: Secciones, capítulos, sub-capítulos, partidas y sub-partidas y tiene como complemento de criterio: notas legales de sección de capítulo, notas de sub-partida y reglas generales.




Secciones: Se compone de XXI secciones e integra a los grandes grupos con los que se puede realizar el comercio internacional.



Capítulos: Las secciones se sub-dividen en 97 capítulos y el orden progresivo corresponde al grado de elaboración de las mercancías, partiendo de lo más simple a lo más complejo.



Partidas: Los capítulos se sub-dividen en 1,242 partidas y también constan de dos dígitos que se sitúan después del número del capítulo al que pertenecen. Su secuencia en orden progresivo va también de lo más simple a lo complejo y de lo menos a los mas elaborado.



Sub-partidas: Las partidas se sub-dividen en sub-partidas y siguen el mismo procedimiento y constituyen el máximo nivel de desglose de observancia general.



Fracción: Es la suma de: capítulo, partida y sub-partida.





La clasificación arancelaria consiste en ubicar una determinada mercancía en la fracción arancelaria que le corresponde dentro de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, de conformidad con las Notas legales, de Sección, de Capítulo, Notas Explicativas, Reglas Generales y Complementarias, así como de diversos criterios de clasificación que se encuentran en las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.






Todo el universo de las mercancías se encuentra clasificado en esta Tarifa a través del Sistema Armonizado que identifica con una serie de ocho números que se leen en pares de la siguiente forma:




Ejemplo
Perros
Capítulo 01 Animales vivos


Partida 0106 Los demás animales vivos, mamíferos.

Subpartida 010619 los demás.

Fracción Arancelaria 01061903 Perros.






Los encargados de realizar la clasificación arancelaria de las mercancías son los agentes y apoderados aduanales, los cuales deberán contar con toda la información necesaria sobre la mercancía para que estén en posibilidad de realizar una correcta clasificación, ya que de ello depende el pago de las contribuciones al comercio exterior así como el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias.






¿Qué es un arancel?



El arancel es un impuesto que se aplica en el comercio exterior para agregar valor al precio de las mercancías en el mercado de destino. Se gravan las mercancías que se importan a fin de equilibrar la producción de un país.












¿Que es el sistema armonizado?




Es un sistema de codificación para identificar todas las mercancías y satisfacer las necesidades del comercio internacional. Está vigente en más de 120 países. Cada mercancía está asociada a un código de 15 dígitos. Cada sección del código tiene una finalidad descriptiva específica.

martes, 6 de julio de 2010

INCOTERMS

Incoterms (International Commercial Terms)


Son las definiciones estándares de comercio utilizadas con mayor frecuencia en los contratos internacionales de ventas, fueron diseñadas por la Cámara Internacional de Comercio (ICC). También se denominan cláusulas de precio, pues cada término permite determinar los elementos que lo componen. La selección del incoterm influye sobre el costo del contrato.Todos los contratos acordados después del 1 de enero del 2000 utilizan la última versión de los Incoterms, para los cuales la referencia correcta es Incoterms 2000.





  • ¿Qué determinan los incoterms?


  • El alcance del precio


  • En qué momento y dónde se produce la transferencia de riesgos sobre la mercancía del vendedor hacia el comprador

  • El lugar de entrega de la mercancía

  • Quién contrata y paga el transporte

  • Quién contrata y paga el seguro

  • Qué documentos tramita cada parte y su costo


Los Incoterms se agrupan en cuatro categorías: E, F, C, D con un total de trece términos estándarizados




Grupo E -



  1. EXW. Ex Works (lugar determinado):

el vendedor hace la mercancía disponible en sus instalaciones y las entrega en sus instalaciones. El coste del flete corre por responsabilidad del comprador desde las instalaciones del vendedor hasta el destino final.



Grupo F –



  1. Transporte principal no pagado:
    FCA. Free Carrier (lugar determinado):

el vendedor cede la mercancía, lista para ser exportada, a la empresa transportista (determinada por el comprador) en el lugar acordado. Este término es válido para todo tipo de transporte incluyendo transporte por aire, ferroviario, por carretera y en contenedores/transporte multimodal.




FAS. Free Alongside Ship (puerto determinado):



el vendedor debe suministrar la mercancía junto al barco en el puerto acordado. El vendedor debe ocuparse de los trámites para el transporte; esto cambió en la versión del 2000 de los Incoterms. Sólo se aplica al transporte marítimo.




FOB. Free On Board (puerto determinado):



el vendedor debe cargar la mercancía en el barco determinado por el comprador; costes y riesgos se dividen en el rail del barco. El vendedor debe ocuparse de los trámites de exportación. Solo es aplicable para transporte marítimo.




Grupo C – Transporte principal pagado:
CFR. Cost and Freight (puerto determinado):


el vendedor se hace cargo de los costes de transporte para traer la mercancía al puerto de destino. Sin embargo, el riesgo es transferido al comprador en el momento que la mercancía pasa el rail del barco. Solo es aplicable para transporte marítimo.



CIF. Cost, Insurance and Freight (puerto determinado):


exactamente el mismo que CFR excepto porque el vendedor ha de organizar y pagar el seguro al comprador. Sólo es aplicable para transporte marítimo.



CPT. Carriage Paid To (destino determinado):


es el equivalente general/en containers/multimodal de CFR. El vendedor paga por el transporte al punto de destino acordado, pero el riesgo se pasa cuando las mercancías se transfieren al primer transportista.



CIP. Carriage and Insurance Paid to (destino determinado):


es el equivalente general/en containers/multimodal de CIF. El vendedor paga por el transporte y el seguro hasta el punto de destino, pero el riesgo se pasa cuando las mercancías son transferidas al primer transportista.



Grupo D - Llegada:
DAF. Delivered At Frontier (lugar determinado):


entrega en frontera o "A mitad de Puente" (definiendo la frontera en cuestión).



DES. Delivered Ex Ship (puerto determinado):


entrega sobre buque (indicando el puerto de destino convenido).



DEQ. Delivered Ex Quay (puerto determinado):


entrega en muelle de destino con los derechos pagados (indicando puerto de destino).



DDU. Delivered Duty Unpaid (destino determinado sin gastos portuarios):


El vendedor corre por los gastos de coste y flete hasta el destino final, excluyendo cargos portuarios en el lugar de destino. En algunas ocasiones incluye gastos de entrega final, como desde el puerto de destino a las instalaciones del comprador.



DDP. Delivered Duty Paid (destino determinado con gastos portuarios pagados):


El vendedor corre por los gastos de coste y flete hasta el destino final, incluyendo cargos portuarios y de entrega en el lugar de destino.





IMPORTANCIA DE LOS INCOTERMS


Importancia de los Incoterms en las transacciones internacionales.
La
globalización de los mercados internacionales ha impulsado de manera dinámica la venta de mercancías en más países y en mayores cantidades, es así como a medida que aumenta el volumen y la complejidad de las ventas, también crecen las posibilidades de malentendidos y litigios costosos cuando no se especifican de forma clara y precisa las obligaciones y riesgos de las partes.
Por ello, el adecuado uso y
aplicación de los Incoterms, en las transacciones internacionales propenden en gran medida por :
Facilitar la
gestión de toda operación en comercio internacional, delimitar claramente las obligaciones de las partes disminuir el riesgo por complicaciones legales, y establecer unas reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales más utilizados.
La idea de lograr un
lenguaje internacional para los términos comerciales, nació en 1919. Se han modificado en la medida que el comercio y el transporte ha evolucionado. En el curso de su historia la Cámara de Comercio Internacional ha efectuado siete ajustes, el último de ellos en el año 2000.
En estos ya se contemplan las transacciones comerciales a través de la
comunicación electrónica.
Los Incoterms regulan cuatro grandes
problemasque soporta toda transacción comercial:
1. La entrega de la Mercancía2. Transferencia de Riesgos 3.
Distribución de Gastos4. Trámites documentales
De esta forma, en caso de
conflicto quedan claramente establecidas las responsabilidades y obligaciones de las partes que intervienen en la operación.
Estas reglas son de aceptación voluntaria por cada una de las partes y pueden ser incluidas en el contrato de compraventa internacional.


lunes, 14 de junio de 2010

ADUANA MEXICO








La Administración General de Aduanas es una entidad del Gobierno Federal dependiente del Servicio de Administración Tributaria (SAT, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público), cuya principal función es la de fiscalizar, vigilar y controlar la entrada y salida de mercancías, así como los medios en que son transportadas, asegurando el cumplimiento de las disposiciones que en materia de comercio exterior haya expedido la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como otras secretarías del Ejecutivo Federal con competencia para ello; ayudar a garantizar la seguridad nacional; proteger la economía del país, la salud pública y el medio ambiente, impidiendo el flujo de mercancías peligrosas o ilegales hacia nuestro territorio, además de fomentar el cumplimiento voluntario de esas disposiciones por parte de los usuarios.




La Administración General de Aduanas es la autoridad competente para aplicar la legislación que regula el despacho aduanero, así como los sistemas, métodos y procedimientos a que deben sujetarse las aduanas; intervenir en el estudio y formulación de los proyectos de aranceles, cuotas compensatorias y demás medidas de regulación y restricción del comercio exterior; dar cumplimiento a los acuerdos y convenios que se celebren en materia aduanera; ordenar y practicar la verificación de mercancías de comercio exterior en transporte; la verificación en tránsito de vehículos de procedencia extranjera; determinar los impuestos al comercio exterior y otras contribuciones de conformidad con lo establecido en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y otros ordenamientos, así como el valor en aduana de las mercancías con base en la Ley Aduanera; establecer la naturaleza, estado, origen y demás características de las mercancías, determinando su clasificación arancelaria.




Las aduanas son oficinas públicas administrativas establecidas en las fronteras, litorales y ciudades importantes del país, con facultades para fiscalizar, vigilar y controlar la entrada y salida de mercancías, así como los medios en que éstas son transportadas.


Asegurar el cumplimiento de las disposiciones que en materia de comercio exterior se emitan.









Hacer cumplir las leyes aplicables y las que se relacionan con su actividad, como las de seguridad nacional, economía, salubridad, comunicaciones, migratorias, fitosanitarias, entre otras.




Recaudar impuestos, aprovechamientos y demás derechos en materia de comercio exterior.














Todas las mercancías que ingresen o que salen de México deben destinarse a un régimen aduanero, establecido por el contribuyente, de acuerdo con la función que se le va a dar en territorio nacional o en el extranjero.Cuando una mercancía es presentada en la aduana para su ingreso o salida del país, se debe informar en un documento oficial (pedimento) el destino que se pretende dar a dicha mercancía.Nuestra legislación contempla seis regímenes con sus respectivas variantes:





Definitivos
De importación



a) Importación definitiva a través de empresas de mensajería y paquetería o Servicio Postal.



b) Por única vez




De exportación
Temporales
De importación



a) Para retornar al extranjero en el mismo estado



b) Para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación


De exportación
a) Para retornar al país en el mismo estado




b) Para elaboración, transformación o reparación


Depósito Fiscal



Tránsito de mercancías


Interno



Internacional



Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado



Recinto fiscalizado estratégico



OBLIGACIONES


Todas las mercancías que ingresen o salgan de México están sujetas al pago de impuestos y, en su caso, al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, los cuales se verifican de acuerdo con su fracción arancelaria. La fracción arancelaria de una mercancía emana del Sistema Armonizado de Codificación y Designación de Mercancías, que pretende una clasificación uniforme de mercancías para el comercio internacional, en donde una mercancía podrá ser clasificada y reconocida en cualquier parte del mundo sin importar el idioma en un país determinado. En nuestro país, la clasificación arancelaria se practica con la aplicación estricta de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE).




La LIGIE fue publicada en el Diario Oficial de la Federación 18 de junio de 2007 abrogó con su entrada en vigor la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación publicada el 18 de enero de 2002 y sus modificaciones publicadas en el mismo órgano informativo. La LIGIE tiene sus antecedentes inmediatos en la Ley del Impuesto General de Importación (LIGI) y en la Ley del Impuesto General de Exportación, las cuales estuvieron vigentes hasta el 31 de marzo de 2002. La LIGIE se basa en el Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Harmonized System of Tariff Nomenclature, HS), el cual entró en vigor el 1 de enero de 1988; este convenio forma parte de la Organización Mundial de Aduanas.La LIGIE es el ordenamiento legal fiscal más voluminoso, pero sólo está integrado por dos artículos.El primer artículo contiene a la Tarifa, compuesta por la nomenclatura o código del Sistema Armonizado. Esta nomenclatura es la clasificación de todas las mercancías que según su composición o función deben ubicarse en un código de identificación universal, a seis dígitos y a efecto de aplicarles el respectivo impuesto de importación o exportación; cada país adiciona dos dígitos más, que identifican el arancel y requisitos para ingresar o salir de un país.Se trata de un lenguaje lógico y sistemático aceptado internacionalmente.El primer artículo de la LIGIE se estructura de la siguiente manera: 22 secciones, 38 notas legales y 98 capítulos.En el artículo 2 se establecen las Reglas Generales y las Complementarias para la aplicación de la Tarifa; asimismo, para los efectos de interpretación y aplicación de la Tarifa.Además, complementan a la LIGIE las Notas Explicativas, las cuales son de aplicación obligatoria a efecto de lograr una correcta clasificación.